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Todo sobre la nueva Ley Audiovisual

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Según un estudio reciente de Digital Report, nueve de cada diez españoles hace uso de las redes sociales e invierte una media de casi dos horas al día. Y es que se han convertido en la principal fuente de información y entretenimiento para muchas personas. Algo positivo que también tiene otra cara: el auge de pseudoexpertos en cualquier temática. Por este motivo, y dado que implica una gran responsabilidad para con el séquito de seguidores, en julio entró en vigor una nueva Ley Audiovisual. Esta recoge las obligaciones con las que deben cumplir, y en este artículo te dejamos todos los detalles al respecto.

El auge de los influencers

Para quienes no estén tan familiarizados con este entorno digital o con los términos anglosajones que se utilizan, un influencer es aquella persona que tiene un perfil en una o varias redes sociales. Y, por sus conocimientos en alguna temática, consigue influir en las decisiones o en la opinión de quienes les siguen.

Hace pocos años, con el aumento del uso de las redes, las empresas vieron el potencial que suponía. Y los propios influencers vieron también la oportunidad de obtener altos beneficios a través de su cuenta digital. Así, no son pocas las personas que anuncian los productos y los servicios de multitud de marcas, que procuran elegir perfiles de personas que vayan en la misma línea de sus valores.

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Si antes se prestaba atención al número total de seguidores, hoy lo que se valora es el engagement o el grado de relación del o la influencer con su público. ¿Por qué? Pues porque si se quiere poder tener un impacto en la toma de decisiones, es imprescindible mostrarse como personas humanas y no como figuras inalcanzables de la red. Con la excepción, claro, de quienes ostentan la categoría de celebrities.

Pero además de productos y servicios, el colectivo de influencers está yendo más allá. Esto es, se adentran en opiniones sobre política y profesiones de todo tipo, como entrenadores personales, profesorado de yoga, meditación, coach y un largo etcétera.

De la influencia a la cancelación

Dentro del sector de los deportes, el Consejo COLEF ha denunciado en repetidas ocasiones que personas sin formación específica y sin ninguna evidencia científica que respalde sus argumentos, dan consejos e incluso se lanzan a dar clases online. La consecuencia directa de esta práctica irresponsable son las lesiones o los accidentes, e incluso el agravio de patologías existentes.

Del mismo modo, desde estas cuentas se incita a sus seguidores a realizar todo tipo de acciones, que en grandes proporciones son adolescentes, cuyas capacidades cognitivas aún no se han desarrollado plenamente, como es el tener conciencia de las consecuencias a largo plazo de sus actos. Desde simples modas hasta casos más graves como son las operaciones de cirugía estética o el nuevo mercado de las cirugías de reafirmación del sexo sentido, que implican mutilaciones y daños irreversibles en el cuerpo, y cuyo crecimiento es exponencial en los próximos años, lo que pone en riesgo la salud a corto y largo plazo.

Perfiles fraudulentos

Por otra parte, el uso de las redes sociales está trayendo una nueva problemática, que es el de la llamada cancelación de personas. Puesto que cualquier persona puede crear un perfil falso donde no incluya ninguna información personal, nos encontramos en un momento en el que todo parece valer en la red.

Así, el bullying en las escuelas se ha intensificado y se ha incrementado el riesgo de que acaben en suicidio, ya que el acoso no termina con las clases, sino que debido a las redes sociales, se puede mantener las 24 horas del día. Además de la poca preparación por parte del profesorado (como hemos visto recientemente en el caso del menor de Lloseta), se une la dificultad para controlar lo que sucede en las redes sociales.

Algo similar sucede entre personas adultas, donde los insultos, los mensajes de odio e incluso las amenazas públicas y por mensajes privados están a la orden día. Ante este panorama, la nueva Ley Audiovisual toma una primera medida desde las cuentas con gran influencia. El objetivo es obtener un registro de ellas y, segundo, fomentar las buenas prácticas y un clima de respeto en las redes sociales, con especial protección de los menores.

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¿Qué nos dice la nueva Ley Audiovisual?

El 9 de julio entró en vigor esta nueva Ley Audiovisual o Ley General de Comunicación Audiovisual. En este texto legal se trata el rol de los influencers, que, como hemos dicho, no solo venden productos y servicios, sino que tienen un impacto directo sobre la sociedad o, en concreto, sobre sus seguidores y seguidoras. Toda la problemática mencionada ha sido tenida en cuenta por las autoridades y este documento en la primera regulación al respecto.

La Ley 13/2022 fue publicada en el BOE el 7 de julio y, como se puede consultar, recoge una serie de principios generales que son aplicables en todo el marco audiovisual, ya se trate de un medio público o privado, de la televisión o de las redes sociales. Pero en concreto se mencionan las comunicaciones con fines comerciales, como es el caso de los influencers. También el derecho a realizarlas y las limitaciones para mantenerse en la legalidad y los derechos de los menores de edad, que como también indicamos, son más vulnerables que una persona adulta.

¿Qué ocurrirá con los vloggers?

El caso concreto de los influencers se recoge en el Artículo 94, también conocidos como vloggers por utilizar los vídeos para la difusión de sus contenidos -a diferencia del blogger, que es aquel que lo hace por escrito-. Aquí entran plataformas como Instagram, YouTube o Twitter, entre otras.

Tal y como se menciona en el preámbulo de la nueva Ley Audiovisual, uno de los objetivos es avanzar de acuerdo con la dirección que toma el mercado. Todo ello, sin embargo, consiguiendo un equilibrio entre la protección de las personas consumidoras, la posibilidad de acceder a estos servicios y la libre competencia. Tanto porque se trata de una actividad comercial que permite obtener ingresos y que, por tanto, debe estar regulada de manera específica, como por el impacto que sus contenidos tienen en la sociedad en general y, en particular, en menores de edad.

Pero como veremos más adelante, hay un ámbito en el que la ciudadanía no queda del todo protegida como pretende esta nueva ley audiovisual. Y es que los influencers están obligados a ofrecer información sobre los servicios que presta y sí mismos, así como acerca de la finalidad. Y esto, no siempre se cumple.

El código de conducta para influencers

Los influencers ahora pasarán a figurar en un registro que depende del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y sus contenidos tendrán que ajustarse a los principios que menciona el Artículo 86. Estos hacen referencia en primer lugar a la dignidad humana (recogida en el Artículo 4), y se expone que la comunicación “no incitará a la violencia, al odio o a la discriminación contra un grupo o miembros de un grupo por razón de edad, sexo, discapacidad, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, raza, color, origen étnico o social, características sexuales o genéticas, lengua, religión o creencias, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, nacionalidad, patrimonio o nacimiento”.

Junto a esta, y como recogen los artículos posteriores, se debe respetar y promover la igualdad entre los sexos, la alfabetización mediática, la autorregulación y la corregulación y un código de conducta.

¿Qué es la autorregulación?

La autorregulación se refiere a que todas las partes implicadas en este tipo de servicios, como los prestadores, las organizaciones o la plataforma, puedan establecer sus propias directrices de trabajo y se encarguen de desarrollarlas, aplicarlas y hacer un seguimiento para que así se mantenga.

En la corregulación, de lo que se trata es de promover convenios suscritos entre la autoridad audiovisual competente, los organismos de autorregulación y, si aplicase, los prestadores del servicio de comunicación o intercambio por la plataforma. La función regulatoria se repartiría entre todas las partes implicadas, con distintos roles y efectos, y dicha autoridad audiovisual se encargará con los convenios que se mencionan en el apartado 1 de la ley: reconocer la corregulación, controlar los procesos y la financiación, así como intervenir si fuera necesario.

Con respecto al código de conducta, estos quedan de la mano de los propios influencers, que tendrán que establecerlos y cumplir con ellos. Y si lo desean, pueden suscribirse a convenios que promueva la autoridad audiovisual competente.

¿Y qué hay de las profesiones?

Por el momento, la nueva Ley Audiovisual se encarga de regular la exposición de los influencers, del contenido que generan y de su impacto sobre los consumidores, de manera que se mantenga un clima de ética y respeto.

Sin embargo, la controversia no acaba aquí. Los profesionales de diversos sectores mantienen su indignación al respecto, ya que la nueva ley audiovisual se centra únicamente en los contenidos. Un ejemplo es el que mencionamos, el del deporte y la actividad física. En este sector, los influencers prestan sus servicios sin cumplir con todas sus obligaciones de información. La consecuencia es que los derechos de los consumidores se vulneran.

Sucede del mismo modo cuando se recomiendan aceites esenciales, vitaminas o suplementos de todo tipo que no cuentan con el respaldo científico necesario. En este sentido, los pseudoinfluencers se posicionan como expertos cuando carecen de la formación al respecto. Hay que añadir el vacío legal cuando se trata de reclamar.

¿Expertos en la materia?

La Ley 34/2002 de Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico ha llevado a cabo diferentes modificaciones, pero sigue siendo insuficiente. Por su parte, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios no se aplica en igualdad de condiciones cuando se trata del entorno digital, y sin embargo, sí debería ser así.

Un último aspecto a tener en cuenta es el de la competencia desleal, que tiene su propia ley, la Ley 3/1991, y según la cual la información no solo debe ser veraz, sino también ser clara para que no lleve a error y no omitir aspectos relevantes que pueden influir en la toma de decisiones. Asimismo, en ningún momento se informa al consumidor de sus derechos o de los riesgos que puede correr, puesto que en las redes sociales se intenta siempre ofrecer solo la cara positiva de todo.

La nueva Ley Audiovisual: el futuro del entorno digital

La nueva Ley Audiovisual menciona en su disposición final novena que es necesario que se apruebe un reglamento dirigido a la concreción de los requisitos para que una persona se considere influencer o de relevancia en las redes sociales. Por lo tanto, existe la posibilidad de que ni siquiera con esta ley se dé solución a la problemática a la que pretende dar luz.

Dicho reglamento ha sido abierto a consulta pública, para determinar a nivel administrativo su funcionamiento. Más adelante se volverá a abrir otra consulta pública para decidir quiénes son considerados streamers o influencers.

¿Se está limitando la libertad de expresión?

Desde el punto de vista de estos últimos, la polémica viene por una supuesta limitación a la libertad de expresión en nuestro país, así como por la obligación de cumplir con la ley si hay «un vínculo estable y efectivo con la economía de España».

No obstante, la regulación en España es una adaptación de una directiva europea y que, por tanto, siguen todos los países comunitarios. En esta misma directiva es donde se menciona que sean los propios usuarios quienes “declaren si a su entender, o hasta donde cabe razonablemente esperar que llegue su entendimiento, dichos vídeos contienen comunicaciones audiovisuales comerciales.”. Y es que ya existe incluso la obligatoriedad de añadir “#ad” para que haya transparencia en los anuncios.

Y en cuanto a la ubicación de los influencers, ya hay acuerdos entre países para llevar a cabo investigaciones cuando se sospecha que hay una intención de evadir impuestos, como ha sido el caso de Andorra en múltiples ocasiones.

Solo queda esperar a las próximas consultas públicas para conocer a quién afectará la normativa y cómo se modificarán los contenidos para cumplir con la ley.

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